SEÑORES
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
PRESENTE
Respetados Señores:
Nos dirigimos a Ustedes en vuestra calidad de Órgano Competente para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de los compromisos contraídos por los Estados adscritos a la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (1948) y aquellos que ratificaron la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969); lo hacemos como miembros de los pueblos que estos Estados representan, en pleno ejercicio de lo que comprendemos son nuestros Derechos Esenciales y nuestros Deberes como Seres Humanos y Ciudadanos, haciendo uso del Derecho a Petición a que se refiere la Declaración Americana en su Artículo N°24, y con el propósito de exponer a Ustedes lo siguiente y solicitar de vuestra parte un pronunciamiento respecto de lo que a continuación planteamos:
En el marco de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana Bogotá, Colombia (1948), y de la Convención Americana Derechos Humanos, suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos San José de Costa Rica (1969), que apuntan a garantizar la protección de los Derechos Esenciales del Ser Humano, aquellos que "...no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana, razón por la cuál justifican una protección internacional...", deseamos manifestar que, interpretando la realidad según nuestras facultades, hemos comprendido que el Bien Común y la Evolución, pasan por la oportunidad de acceder más plenamente a nuestra naturaleza propiamente humana, en su doble dimensión espiritual y material, y consideramos la búsqueda de esta oportunidad el ejercicio de un Derecho Esencial, de gran impacto a nivel individual y colectivo, en las más diversas materias que hoy son foco de la preocupación mundial, y constituye parte fundamental de derechos explícitamente garantizados por estos acuerdos, como son el Derecho a la Vida, a la Integridad Física, Psíquica y Moral, a la Libertad de Conciencia, de Religión, de Pensamiento, a expresar y divulgar nuestras creencias, a la honesta recreación, y a disfrutar de los beneficios de la cultura (Artículos Nos. 1, 2, 3, 4, 11, 13, 14 de la Declaración Americana, y Nos. 4, 5, 12, 13 de la Convención Interamericana.).
Quienes nos dirigimos a Ustedes empleamos o respetamos la opción de emplear plantas enteógenas, medicinas naturales, para justamente cultivar y desarrollar nuestra capacidad de recibir más realidad en la Conciencia, para recibir en ella la dimensión espiritual en la existencia, donde efectivamente se puede experimentar la Unión, la Integración y la pertenencia a un Todo que nos incluye y trasciende, donde reside lo que tenemos en común y permite que nos experimentemos hermanos. Lo hacemos en un marco comprensivo que integra la sabiduría Chamánica, los conocimientos de la ciencia moderna, y la experiencia que cada uno de nosotros ha adquirido en la relación con estas herramientas ancestrales incorporadas por ciudadanos actuales, entre otras Ayahuasca, San Pedro, Peyote, Hoja de Coca, y muy particularmente la Cannabis, cuyo principal efecto es expandir la percepción facilitando el desarrollo de un contacto más pleno con la vida, lo que enriquece las oportunidades de perfeccionar las respuestas que como Seres Humanos emitimos. Así lo hemos constatado.
No obstante lo ya señalado, existe discriminación y violación de Derechos Esenciales de los ciudadanos que han decidido cultivar y emplear estas herramientas para la búsqueda de la trascendencia y el bienestar, en particular de quienes empleamos la planta Cannabis, con propósitos recreativos, terapéuticos y/o de trabajo espiritual explícito, y es de un modo sistemático que esto ocurre, aplicando los Estados una política de drogas de carácter regional y nacional que ha criminalizado el autocultivo -el modo sano y natural de abastecerse- limitando las oportunidades de los usuarios, orientándolos en la dirección del mercado ilegal, comprometiendo con ello la pureza de la práctica de usar esta medicina, levantándose una manto de prejuicio, confusión y desinformación que no ayuda en nada a una correcta comprensión y educación en estas materias.
El combate al narcotráfico no debe esgrimirse como justificación para imponer políticas que descuiden la cautela de Derechos Esenciales, que han sido tan explícitamente garantizados por la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y por la Convención Americana de Derechos Humanos, y que ha implicado daños y costos invaluables a las Personas, las Comunidades y los Estados, promoviendo además el prejuicio y la discriminación.
La búsqueda de una solución al problema del uso inadecuado de sustancias y la adicción, que se montan sobre la debilidad humana, no debe pasar por la criminalización de los usuarios y la demonización de las sustancias -lo que no tiene asidero ni inteligencia- sino por la actualización y fortalecimiento de facultades y competencias propiamente humanas como es la Conciencia, que permita elevar la categoría de nuestro funcionamiento individual y social.
Respetados Señores, en vuestra calidad de Comisión Interamericana de Derechos Humanos, rogamos a Ustedes tengan a bien recibir y estudiar nuestro planteamiento, y haciendo ejercicio de lo que son vuestras facultades como Comisión, empleen los medios necesarios para pronunciarse acerca de reconocer como un Derecho Esencial la búsqueda de la trascendencia y el bienestar, y lo pertinente de explicitar y cautelar el libre y pleno ejercicio de la facultad que tenemos para escoger y emplear plantas de poder enteógeno como herramientas en esa búsqueda, sin que esto sea considerado un delito o sea motivo de prejuicio y discriminación.
Disponibles para lo que fuese necesario,
Atentos a vuestra respuesta y a un próximo paso en la recuperación del protagonismo del Ser Humano en la conducción de su vida,
Cordialmente,
CIUDADANOS AMERICANOS FIRMANTES